Los pagos de facilitación (faciliting payments) en el T-MEC

Por primera ocasión en un tratado comercial (T-MEC), México, Estados Unidos y Canadá reconocen los efectos negativos de los delitos de corrupción en el comercio y la inversión, por lo que se comprometieron a tipificar como delito al cohecho, en sus respectivas leyes, y a promover la ética, los alert...

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Bibliographic Details
Main Author: Juan Manuel Pérez Saldaña
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Nacional Autónoma de México 2021-10-01
Series:Ius Comitiãlis
Subjects:
Online Access:https://iuscomitialis.uaemex.mx/article/view/16188
Description
Summary:Por primera ocasión en un tratado comercial (T-MEC), México, Estados Unidos y Canadá reconocen los efectos negativos de los delitos de corrupción en el comercio y la inversión, por lo que se comprometieron a tipificar como delito al cohecho, en sus respectivas leyes, y a promover la ética, los alertadores, las buenas prácticas contables, etc., con la participación del sector público, privado y de la sociedad. De igual manera, acordaron desalentar los denominados “pagos de facilitación” a funcionarios públicos, conforme a su derecho interno. En virtud de que los casos de relevancia que se han presentado sobre “pagos de facilitación” involucran a empresas de Estados Unidos y a funcionarios de México, en este trabajo solo se analizarán los pagos de facilitación en estos dos países, así como sus repercusiones en el comercio, inversión y combate a la corrupción.
ISSN:2594-1356