Summary: | La actividad judicial se dirige principalmente a la resolución de conflictos entre miembros de la sociedad. A tales efectos el intérprete judicial debe realizar un razonamiento lógico-deductivo, en el cual derive una solución del análisis de hechos acaecidos (premisa menor) y normas vigentes en el ordenamiento jurídico (premisa mayor). El problema de la actividad judicial radica en que el objeto a conocer, dado por hechos y normas, se enraíza en tiempos distantes al del sujeto, quien se encuentra empapado de su propia tradición e historia. Dada las exigencias sociales, políticas e institucionales sobre la actividad judicial, históricamente los juristas han tratado de dar con alguna teoría que brinde criterios o reglas de corrección que, al ser contrastados con las sentencias judiciales, den cuenta de su objetividad o arbitrariedad. Bajo este panorama, la teoría hermenéutica propuesta por H. G. Gadamer, aporta herramientas para describir y entender cómo los jueces interpretan aquel objeto distante. El pensamiento Gadameriano, resulta relevante en la práctica para los operadores jurídicos y la sociedad en general, a pesar de no tratarse de una teoría prescriptiva que brinde criterios de corrección de las decisiones judiciales.
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