Traducción: Derecho, Razón y Emoción

El derecho, la razón y la emoción tienen una relación larga, estrecha y complicada en la historia de la filosofía y la justicia. Esta discusión sugiere que el derecho gana legitimidad y eficacia cuando une la razón con la emoción, que la razón y la emoción humana son los valores rectores de cualquie...

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Main Authors: Mortimer Newlin Stead Sellers, Giuseppe Arias
Format: Article
Language:English
Published: Universidad Industrial de Santander 2019-05-01
Series:Revista Filosofía UIS
Subjects:
Online Access:https://revistas.uis.edu.co/index.php/revistafilosofiauis/article/view/9559
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Giuseppe Arias
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description El derecho, la razón y la emoción tienen una relación larga, estrecha y complicada en la historia de la filosofía y la justicia. Esta discusión sugiere que el derecho gana legitimidad y eficacia cuando une la razón con la emoción, que la razón y la emoción humana son los valores rectores de cualquier sistema jurídico justo, que todos los sistemas jurídicos dicen ser justos y que todos los sistemas jurídicos y todos los académicos del derecho hacen uso de estas ideas, ya sea que las reconozcan o no. El proyecto aquí propuesto; en primera instancia, es uno de definición: "derecho", "razón", "emoción", "justicia", "eficacia" y "Estado de derecho" requieren una especificación para comprender mejor cómo se relacionan uno con el otro y establecer la agenda para una mayor conversación. El primer paso, es considerar cómo estas palabras han sido y deberían usarse para una mejor comprensión y un eventual mejoramiento del derecho y la sociedad. Razón y emoción son los pilares gemelos del derecho, que hacen que el derecho sea legítimo, justo y eficaz cuando se toman debidamente en cuenta y, por lo demás, no. Nadie puede entender correctamente el derecho sin hacer referencia tanto a la emoción humana como al propósito con el que el derecho existe para servir, que es el bienestar racional de todos y cada uno de los miembros de la sociedad.
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