¿Podríamos los particulares ejercer una acción penal sin necesidad del Ministerio Público?
Lo novedoso de la reforma de junio de 2008, se contiene en la conclusión del Segundo párrafo del mencionado artículo 21, en el que se integra la siguiente frase: La ley determinará los casos en que los particulares podrán ejercer la acción penal ante la autoridad judicial. Ésta es una verdadera nove...
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Published: |
Universidad de Sonora
2019-08-01
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