Reflexiones sobre el concepto de tranquilidad pública como bien jurídico protegido

El presente trabajo se refiere a los límites del Derecho penal en el campo de la “tranquilidad pública” como bien jurídico protegido. Los objetivos propuestos son tres: el primero, es explicar qué es la “tranquilidad pública”. El segundo, es responder la pregunta acerca de cuándo se puede afirmar q...

Full description

Bibliographic Details
Main Author: Maximiliano Antonio Vargas
Format: Article
Language:Spanish
Published: Centro de Perfeccionamiento "Ricardo C. Nuñez" del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba 2022-06-01
Series:Argumentos
Subjects:
Online Access:http://localhost:8111/index.php/primera/article/view/248
Description
Summary:El presente trabajo se refiere a los límites del Derecho penal en el campo de la “tranquilidad pública” como bien jurídico protegido. Los objetivos propuestos son tres: el primero, es explicar qué es la “tranquilidad pública”. El segundo, es responder la pregunta acerca de cuándo se puede afirmar que este bien jurídico ha sido dañado o lesionado. En respuesta a esta pregunta, ofreceré tres condiciones bajo las cuales se puede aseverar que la “tranquilidad pública” ha sido dañada. El tercer objetivo es demostrar que el hecho o evento que daña a la tranquilidad pública debe ser considerado moralmente incorrecto para poder ser un candidato a la penalización por el Derecho penal.
ISSN:2525-0469