Democracia deliberativa y derechos sociales: ¿Qué deben hacer los jueces?

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) dictó dos sentencias en materia de derechos sociales que son de enorme trascendencia, “Asesoría General Tutelar c/ GCBA” (“AGT”) y “Alba Quintana c/ GCBA y otros s/ amparo”. Entre las consideraciones que realiza el Tr...

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Bibliographic Details
Main Author: Monti, Ezequiel
Format: Article
Language:Spanish
Published: Editorial Universitaria de Buenos Aires 2011-12-01
Series:Revista Lecciones y Ensayos
Subjects:
Online Access:http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/lye/revistas/89/monti-ezequiel-h-democracia-deliberativa-y-derechos-sociales.pdf
Description
Summary:Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ) dictó dos sentencias en materia de derechos sociales que son de enorme trascendencia, “Asesoría General Tutelar c/ GCBA” (“AGT”) y “Alba Quintana c/ GCBA y otros s/ amparo”. Entre las consideraciones que realiza el Tribunal, las más destacadas (y potencialmente controversiales) se refieren al rol del Poder Judicial en la efectivización de los derechos sociales. Mi intención en este trabajo es evaluar la postura del TSJ a la luz de la concepción deliberativa de la democracia. Para ello será necesario considerar las eventuales similitudes y diferencias entre los derechos civiles y políticos (DCP) y los derechos económicos, sociales y culturales (DESC). Este análisis conducirá, en última instancia, a un problema de suma relevancia en la teoría de la democracia, a saber, la paradoja de las precondiciones de la democracia. Se procurará, entonces, encontrar una vía de solución a la paradoja a través de dos criterios que permitan allanar el camino a la distinción entre derechos a priori y derechos a posteriori.
ISSN:0024-0079
2362-4620