Función de las cooperativas en la normativa de fomento del desarrollo rural

Las sociedades cooperativas son agentes económicos con gran implantación en el ámbito agrario y constituyen uno de los instrumentos más eficaces para ejecutar los objetivos de la política comunitaria de desarrollo rural. El marco jurídico del desarrollo rural se halla fundamentalmente en la legislac...

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Main Author: Luis Gallego Sevilla
Format: Article
Language:English
Published: AECOOP Escuela de Estudios Cooperativos 2007-01-01
Series:Revista de Estudios Cooperativos
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Online Access:https://revistas.ucm.es/index.php/REVE/article/view/19891
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description Las sociedades cooperativas son agentes económicos con gran implantación en el ámbito agrario y constituyen uno de los instrumentos más eficaces para ejecutar los objetivos de la política comunitaria de desarrollo rural. El marco jurídico del desarrollo rural se halla fundamentalmente en la legislación de la Unión Europea, que establece un complejo sistema de medidas y que actualmente gira entorno al Reglamento (CE) nº 1698/2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). El Derecho interno de los Estados miembros aplica e implementa la normativa comunitaria, pero además contiene una regulación propia sobre cooperativas y desarrollo rural. En el caso español, hay que tener en cuenta las normas estatales y autonómicas tanto en materia de cooperativas como de desarrollo rural. El presente trabajo, partiendo de la legislación sustantiva española, analiza el papel que desempeñan las cooperativas agrarias en el actual marco jurídico comunitario, estatal y autonómico en materia de desarrollo rural. Las cooperativas agrarias pueden ser agentes promotores del desarrollo local cuando actúan como interlocutores de la administración pública y como miembros de los “grupos de acción local” constituidos mediante la metodología LEADER. Igualmente, las cooperativas agrarias pueden ser beneficiarias de las ayudas suplementarias que algunas Comunidades Autónomas establecen para llevar a cabo acciones de fomento del desarrollo local.
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