Summary: | Este artículo explicó la instigación en el Derecho penal panameño. Desde el Código Penal de Panamá, hasta los principales autores panameños sobre Derecho Penal General. También se explicó la necesidad que el instigador no tenga el dominio del hecho, porque de lo contrario, sería autor y no partícipe. Para esto, se utilizó técnicas de revisión de fuentes bibliográficas panameñas e internacionales y de fuentes normativas nacionales. En la misma se llegó a la conclusión, entre otras, que, en Panamá, es instigador aquella persona que determina a otra (el instigado o autor) de manera dolosa a la realización de un hecho delictivo doloso, incluida la tentativa de dicho delito.
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