Análisis y propuesta para el reconocimiento de los derechos de la naturaleza

Leer noticias en las que se reconocen derechos a los ríos como el “Atrato” en Colombia, el río “Ganges y Yamuma” en India, el río “Yarra” en Australia el río “Te Urewera” en Nueva Zelandia, o el reconocimiento de la amazonía colombiana como sujeto de derechos y en el ámbito nacional tenemos el proy...

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Bibliographic Details
Main Author: Irene Yuvalena Huanca Excelmes
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Nacional del Altiplano de Puno 2023-03-01
Series:Revista de Derecho
Subjects:
Online Access:http://revistas.unap.edu.pe/rd/index.php/rd/article/view/230
Description
Summary:Leer noticias en las que se reconocen derechos a los ríos como el “Atrato” en Colombia, el río “Ganges y Yamuma” en India, el río “Yarra” en Australia el río “Te Urewera” en Nueva Zelandia, o el reconocimiento de la amazonía colombiana como sujeto de derechos y en el ámbito nacional tenemos el proyecto de ley N°06957/2020-CR, a través del cual se pretende “reconocer que la madre naturaleza, los ecosistemas y las especies son titulares de derechos y sujetos de protección por parte del Estado, por tratarse de entes vivos, con valor intrínseco y universal, que tienen derecho a existir, desarrollarse naturalmente, regenerarse, restaurarse y evolucionar” y a nivel local tenemos la ordenanza Municipal  N° 018-2019-CM-MPM/A del 23 de setiembre del 2019 Reconoce a “la cuenca del río Llallimayo como sujeto de derecho con el fin de institucionalizar y generar los mecanismos y estrategias municipales que garanticen la conservación y gestión sostenible en beneficio de la población y de los ecosistemas” y la Ordenanza Distrital N° 006-2019-MDO/A del 26 de diciembre de 2019 en cuyo Artículo 1° reconocer a la madre agua-Yaku-Unu Mama como un ser viviente sujeto de derechos en todas sus formas: puquios, manantiales, ríos, lagunas, lagos. Nos provoca la siguiente pregunta: ¿es el momento histórico para incorporar constitucionalmente derechos a la naturaleza? ¿Es el momento histórico para incorporar principios que cimienten un biocentrismo? Es pues una tarea pendiente que debe ser debatida nuevamente en nuestro futuro próximo.
ISSN:2313-6944
2707-9651