Il dovere dell’istituto verso il religioso che se ne separa

El deber del instituto hacia el religioso que se separa viene regulado en el can. 702 §2 del Código vigente, que establece: «Sin embargo, el instituto debe observar la equidad y la caridad evangélica con el miembro que se separe de él» La aplicación de este principio, en la práctica comporta que lo...

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Bibliographic Details
Main Author: Delfina Moral Carvajal
Format: Article
Language:English
Published: Servicio de publicaciones. Universidad Pontificia de Salamanca 2024-02-01
Series:Revista Española de Derecho Canónico
Subjects:
Online Access:https://revistas.upsa.es/index.php/derechocanonico/article/view/996