La Ley del Agua del Estado de México es violatoria del “Derecho Humano al Agua”

Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua potable para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, y el Estado Mexicano garantiza este derecho humano en el artículo 4° de la Constitución, sin embargo, dicho derecho se ve coartado co...

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Bibliographic Details
Main Author: Juan Manuel Arreola de la Mora
Format: Article
Language:Spanish
Published: Universidad Nacional Autónoma de México 2018-12-01
Series:Ius Comitiãlis
Subjects:
Online Access:https://iuscomitialis.uaemex.mx/article/view/10856