Obtención de una marca constituida por el nombre y la imagen de una persona física
El Convenio de la Unión de París establece que los requisitos para el depósito e inscripción de las marcas de fábrica o de comercio serán determinados por la legislación nacional de cada país de la Unión (artículo 6,1). Además, en el artículo 15 del acuerdo sobre los ADPIC se establece que el nombr...
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Format: | Article |
Language: | Spanish |
Published: |
Universidad Austral
2013-12-01
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Series: | Revista Iberoamericana de la Propiedad Intelectual |
Online Access: | https://ojs.austral.edu.ar/index.php/ripi/article/view/419 |